CAMPO DE APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL


"... Como primera instancia es importante destacar como campo de aplicación de nuestra Legislación, todo nuestro territorio Colombiano sin considerar nacionalidades; claramente fundamentado en el Articulo 10° de nuestra Constitución Nacional..."




El artículo 2° del código sustantivo del trabajo, contempla que el mismo será aplicado dentro del territorio Colombiano y para todos sus habitantes, sin distinguir entre éstos su calidad de nacionales o extranjeros.




CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO


En Colombia, el código sustantivo del trabajo (CST) contiene tres grandes aspectos en el campo del derecho social.

  •  Derecho individual del trabajo.
  •  Derecho colectivo del trabajo.
  •  El sistema de seguridad social integral.

Destacando entonces que nuestro CST regula las relaciones laborales de los trabajadores particulares con sus empleados. 
así como regula las relaciones laborales colectivas entre empleadores y sindicatos oficiales y particulares.

Los empleados públicos son aquellas personas que prestan sus servicios a la Nación, quienes son vinculados a la administración mediante actos de nombramiento.
En este orden de ideas mencionamos a los considerados servidores públicos en nuestro país:

- Funcionarios de Rango Constitucional
- Funcionarios Públicos de orden legal
- Empleados Públicos de carrera
- Empleados Públicos de libre nombramiento y remoción
- Empleados Públicos de provisionalidad
- Empelados Públicos de periodo de prueba
- Empelados Públicos de entidades descentralizadas
- Empleados Públicos de empresas Industriales y Comerciales del Estado}
- Empleados Públicos del Distrito Capital
- Empleados Públicos departamentales
- Empleados Públicos Municipales, entre otros...



NORMAS PROTECTORAS DEL 
TRABAJO.
Artículo 25° Constitución Nacional

Siendo el trabajo una obligación social, el estado protege cualquier actividad que el Colombiano elija para procurarse la subsistencia.
Considerando entonces el trabajo como toda actividad humana, ya sea material o intelectual, que una persona natural ejecuta al servicio de otra.






A modo de conclusión y en cuanto a la aplicación de las Normas, todo empleador está obligado a observar las leyes laborales que rigen en Colombia, influyendo a una correcta marcha de todas las empresas; por tanto la no aplicación de dichas normas trae como consecuencia para estas empresas la imposición de multas y sanciones legales dejando como la peor consecuencia hasta el cierre de su establecimiento...


Tomado del Documento Legislación Laboral
Teoría y Práctica

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.

DLC

DLC
Derecho

Seguidores

Blogger templates